Por: Dra. Carmen J. Rodríguez
En Puerto Rico la Libertad de Prensa está garantizada por la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Artículo 11, Carta de Derechos, Sección 4, que establece lo siguiente:
“No se aprobará ley alguna que restrinja la libertad de palabra o de prensa, o el derecho del pueblo a reunirse en asamblea pacifica y a pedir al gobierno la reparación de agravios. En el Foro Federal, en el artículo 1, de la Constitución de los Estados Unidos se establece que “no se aprobará Ley alguna que restrinja la libertad de prensa o de palabra.” Posteriormente en el año 1980, se crea el Privacy Protection Act, la cual prohíbe las órdenes de Cateo en las Salas de Redacciones.
Sin embargo a partir del 2001 se crea la USA Patriot Act, que permite que se mantenga en vigilancia a aquellos individuos que se consideren amenaza a la seguridad nacional. También, esta ley se hizo extensiva al Federal Bureau Investigation, FBI. Esto implica que esta agencia puede obtener información y pueden interceptar toda información recopilada por un periodista, como pueden ser grabaciones, entrevistas, declaraciones escritas, llamadas telefónicas y correos electrónicos. A su vez el periodista puede ser citado en la corte, si así lo creen pertinentes las autoridades federales.
A la Prensa se le conoce como el cuarto poder, tal vez por su influencia en la opinión pública. Es por esa razón que un periodista tiene que estar claro sobre cuál es su responsabilidad social y también cuáles son sus limitaciones dentro del marco de la Ley. Actualmente, lo que se conoce como Libertad de Prensa, ha variado, ya que existen nuevas leyes que limitan y restringen esa libertad.
Un periodista tiene la responsabilidad social que le confiere la Libertad de Prensa, de informar e investigar los acontecimientos que ocurren y de estar bien informado. En virtud de esta ley existen unos derechos fundamentales en relación a que: “un periodista puede expresar cualquier idea o pensamiento de la manera que así lo desee sin sufrir castigo legal o limitación, sin que de esa libertad se abuse.
¿Qué esto puede significar? Esa es la incógnita y el dilema, ya que no está claramente definido. Cuánto riesgo se puede tomar un periodista para que se conozca la verdad, cuáles pueden ser las repercusiones legales y cuánto riesgo esta labor puede representar para su propia vida. Inclusive cuán preparado está un periodista para que sea penalizado y despedido de su trabajo por cumplir con su deber. El gran dilema realmente es, ¿existe la libertad de prensa y la libertad de expresión sin repercusiones nefastas para el periodista? Este es un tema que debe analizarse y estudiarse con mayor cuidado y responsabilidad.
Felicitaciones en la SEMANA DE LA PRENSA a todos aquellos responsables periodistas que tienen la valentía de hacerle frente a cualquier reto, amenaza o riesgo para que se conozca la verdad y así mantener informado a nuestro pueblo.